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A continuación te mostramos un conjunto de herramientas para calcular tu indemnización por accidente de tráfico.
Baremos a aplicar
Ley 35/2015 Reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
Modificación Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación
de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo
La edad que se tomará como referencia será la que tuviera el lesionado en el momento del accidente.
Indemnización por lesiones temporales
¿Qué son las lesiones temporales?
Aquellas sufridas en el momento del accidente hasta su curación o estabilización.
¿Cuándo se produce la curación?
Cuando el lesionado se cura sin tener secuelas.
¿Cuándo se produce la estabilización?
Cuando el lesionado no está curado totalmente pero si se estanca su progresión. Aquí es cuando recibimos el alta pero en algunas ocasiones primero ocurre una estabilización y posteriormente el alta médica, por lo que ese periodo posterior a la estabilización se considera como cuidados paliativos y no computa.
Con estos puntos es como calculamos los días para la indemnización y donde además tendremos en cuenta las intervenciones quirúrgicas que tenga el lesionado.
Días (perjuicio personal por pérdida temporal de calidad de vida)
Antes de leer los siguientes puntos debemos aclarar dos conceptos:
Actividades específicas de desarrollo personal
Se refieren a nuestro trabajo o estudios, relaciones sociales, actividades deportivas y tareas domésticas.
Actividades esenciales de la vida ordinaria
Se refieren a tareas básicas como levantarse, comer, andar etc.
Perjuicio personal básico (días básicos)
¿Qué comprende?
Días que transcurren desde el siniestro hasta el alta médica.
Valoración en el Baremo 2020
31,32 €/día
Perjuicio personal grave (días graves)
¿Qué comprende?
Son días en los que el perjudicado «pierde su autonomía para realizar una parte relevante de las actividades esenciales de la vida ordinaria o la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal».
Ejemplo: días que estamos hospitalizados o en casa convalecientes.
Valoración en el Baremo 2020
78,31 €/día
Perjuicio personal moderado (días moderados)
¿Qué comprende?
Aquel en el que el lesionado pierde temporalmente la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal.
Ejemplo: días de baja laboral.
Valoración en el Baremo 2020
54,30€/día
Perjuicio personal muy grave (días muy graves)
Días en los que el lesionado pierde temporalmente su autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales de la vida ordinaria.
Ejemplo: días que estamos en la UCI.
Valoración en el Baremo 2020
104,42 €/día
Cirugías (perjuicio personal causado por intervenciones quirúrgicas)
¿Qué comprende?
Se calcula teniendo en cuanta múltiples factores como el tipo de operación, el tipo de antesia, etc.
Para su cálculo se usa la categorización recogida en el nomenclator médico.
Valoración en el Baremo 2020
Entre 417,66€ y 1.670,63
Resumen Tabla 3
Tabla 3.A Perjuicio Personal Básico | |
Indemnización por día | 31,32 €/día |
Tabla 3.B Perjuicio Personal Particular | |
Por pérdida temporal de calidad de vida | |
Indemnización por día ( incluye indemnización por perjuicio básico) | |
Muy grave | 104,42 €/día |
Grave | 78,31 €/día |
Moderado | 54,30€/día |
Por cada intervención quirúrgica | Entre 417,66€ y 1.670,63 |
Tabla 3.C Perjuicio Patrimonial | |
Gastos de Asistencia Sanitaria | su importe |
Gastos diversos resarcibles | su importe |
Lucro cesante | su importe |
Perjuicio patrimonial derivado de lesiones temporales
Gastos de Asistencia Sanitaria
Aquí podemos incluir:
- Gastos de desplazamiento al centro sanitario.
- Prótesis.
- Órtesis
- Medicación
- Tratamiento
- Pruebas
Otros gastos
Aquí podemos incluir:
- Cuidado de los hijos que no puede atender el perjudicado.
- Desplazamiento de los familiares para atención del lesionado (dentro de un criterio de proporcionalidad).
- Otros gastos que se puedan justificar.
Lucro cesante
Aquí es necesario acreditar la bajada de ingresos de la víctima de forma justificada.
La ley nos indica que debemos distinguir entre ingresos fijos y variables, sin embargo serán necesario documentos adicionales en muchos casos para justificar esa bajada.
Lesiones permanentes (secuelas)
Los puntos de secuelas funcionales y estéticos no se suman sino que se tratan por separado. A continuación toda la información.
Secuelas funcionales
¿Qué son?
Deficiencias físicas, intelectuales, orgánicas, sensoriales y material de osteosínteis que permanezca en el momento de la estabilización lesional.
Secuelas concurrentes:
Para conocer el número total de puntos no solo debemos sumar aritméticamente todas sino que debemos aplicar la siguiente fórmula.
Fórmula de Balthazar
[[(100-M) x m] / 100] + M
M= puntuación de la secuela mayor.
m= puntuación de la secuela menor.
Puntuación máxima de las secuelas
La puntuación máxima es de 100 puntos. Todos los puntos que se superen de esa cifra se pierden. Si bien se pueden recuperar en concepto daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial.
Perjuicio Estético
¿Qué son?
Cualquier modificación derivada del accidente de tráfico que produce un menoscabo en la imagen de la persona.
Ejemplo: silla de ruedas, cicatrices, usar bastón para andar, amputaciones.
¿Cómo se valora?
Se valora de manera global, es decir el conjunto de las diferentes lesiones. No se suman las diferentes lesiones.
La asignación de grados de puntuaciones se realiza bajo los siguientes criterios:
Lo visible del perjuicio.
Lo que pueda atraer la atención de los demás.
La afectación emotiva que provoque en la propia víctima y en otras personas.
La posibilidad de que pueda provocar una alteración en las relaciones personales de quién lo sufre.
Grados
Perjuicio estético ligero
Puntos: 1 a 6
Tipo: pequeñas cicatrices situadas fuera de la zona facial.
Criterio: número de las cicatrices, tamaño, tipo, ubicación y visibilidad.
Perjuicio estético moderado
Puntos: 7 a 13
Tipo: cicatrices situadas de la zona facial, amputación de un dedo de la mano o pies, cojera leve.
Criterio: número de las cicatrices, tamaño, tipo, ubicación y visibilidad.
Perjuicio estético medio
Puntos: 14 a 21
Tipo: amputación de varios dedos, cojera importante, cicatrices visibles en la cara o grandes en el resto del cuerpo.
Criterio: número de las cicatrices, tamaño, tipo, ubicación y visibilidad.
Perjuicio estético importante
Puntos: 22 a 30
Tipo: amputación de una extremidad o la paraplejia.
Criterio: número de las cicatrices, tamaño, tipo, ubicación y visibilidad.
Perjuicio estético muy importante
Puntos: 31 a 40
Tipo: amputación de dos extremidades o la tetraplejia
Criterio: número de las cicatrices, tamaño, tipo, ubicación y visibilidad.
Perjuicio estético importantísimo
Puntos: 41 a 50
Tipo: grandes quemaduras, pérdidas de sustancia e importantes alteraciones de la morfología corporal.
Criterio: número de las cicatrices, tamaño, tipo, ubicación y visibilidad.
Perjuicio personal particular permanente
Daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial
Se reclaman cuando:
- Una sóla secuela alcance 60 puntos o más.
- Aplicada la fórmula de Blathazar alcance o supere los 80 puntos.
Factores que deciden la cantidad recibida
- La extensión del perjuicio.
- La intensidad del perjuicio.
- La edad del lesionado. (cuánto más joven, más se valora).
- Dolores extraordinarios.
- Posibles secuelas que no hayan sido valoradas por haberse alcanzado la puntuación máxima de 100.
Cantidad a recibir
De 20.047,68 hasta 100.238,42
Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares de grandes lesionados
Se reclaman cuando:
- Lesionados sin autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales.Ejemplo: tetraplejias, coma, daños cerebrales severos.
- Lesionados que sumen más de 80 puntos y pueda demostrar que necesitan ayuda para la mayoría de las actividades esenciales.
Factores que deciden la cantidad recibida
- Grado de dedicación de los familiares hacia el lesionado.
- Alteración producida en la vida del familiar.
- Edad del lesionado (mayor indemnización a mayor juventud).
Cantidad a recibir
De 31.324,51 a 151.401,77 euros
Daños morales complementarios por perjuicio estético
Se reclaman cuando:
- Puntuación sea de 36 puntos o más.
Factores que deciden la cantidad recibida
- La extensión del perjuicio estético.
- La intensidad del mismo.
- La edad de la víctima.
Cantidad a recibir
De 10.023,84 hasta 50.119,21 euros
Pérdida de feto (aborto) por accidente de tráfic
Se reclaman cuando:
- Se produce la pérdida del feto en el accidente.
Factores que deciden la cantidad recibida
- Semana de embarazo en el que se produce el accidente y la pérdida.
Cantidad a recibir
Si la pérdida se produce en las 12 semanas de embarazo: 15.662,25 €.
Si la pérdida se produce a partir de las 12 semanas: 31.324,51 €
Perjuicio excepcional
La objetivación en la valoración del daño supone que se indemnizace conforme a las reglas y límites establecidos en el sistema, por lo que no pueden fijarse indemnizaciones por conceptos o importes distintos de los previstos en él. No obstante, los perjuicios relevantes, ocasionados por circunstancias singulares y no contemplados conforme a las reglas y límites del sistema, se indemnizan como perjuicios excepcionales de acuerdo con las reglas establecidas…
Cantidad a recibir
Máximo: 25% de la indemnización establecida por perjuicio excepcional básico.
Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida
El perjuicio moral particular que sufre la víctima por las secuelas que impiden o limitan su autonomía personal para realizar las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o su desarrollo personal mediante actividades específicas.
Art. 107 LRCSCVM
Se reclaman cuando:
- Aplicada la fórmula de Blathazar alcance o supere los 6 puntos.
Factores que deciden la cantidad recibida
- Importancia de las Actividades afectadas
- Número de actividades afectadas
- Edad del lesionado
Secuelas que ocasionan al perjudicado a la hora de desarrollar
- Actividades básicas de la vida ordinaria: comer, levantarse, andar…
- Actividades de desarrollo personal: trabajo, estudios, relaciones sociales, deportes…
Grados del perjuicio moral por pérdida de calidad de vida
Leve
Debe cumplir al menos uno de estos puntos:
- No poder realizar actividades transcendentes en su desarrollo personal.
- Incapacidad laboral parcial como consecuencia del accidente.
Moderado
Debe cumplir al menos uno de estos puntos:
- No poder realizar un gran número de actividades transcendentes en su desarrollo personal.
- Incapacidad total para trabajar.
Grave
Debe cumplir al menos uno de estos puntos:
- Pérdida de la autonomía en la realización de actividades esenciales.
- Imposibilidad de realizar la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal.
- Incapacidad permanente total para trabajar.
Muy grave
Debe cumplir:
- Pérdida de la autonomía personal para realizar la casi totalidad de las actividades básicas de la vida ordinaria.
Cantidad a recibir
Perjuicio leve: desde 1.566,23 hasta 15.662,25 euros.
Perjuicio moderado: desde 10.441,50 hasta 52.207,51 euros.
Perjuicio grave: desde 41.766,01 hasta 104.415,02 euros.
Perjuicio muy grave: desde 93.973,52 hasta 156.622,53 euros
Resumen Tabla 2B
1. Daños morales complementarios por perjuicio psicofisico | |
Cuando una sola secuela alcanza al menos 60 puntos o el resultado de las concurrentes alcanza al menos 80 puntos. | De 20.047,68 € hasta 100.238,42 € |
2. Daños morales complementarios por perjuicio estético | |
Cuando alcanza al menos 36 puntos. | De 10.023,84 € hasta 50.119,21 € |
3. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas | |
Muy Grave | De 93.973,52 € hasta 156.622,53 € |
Grave | De 41.766,01 € hasta 104.415,02 € |
Moderado | De 10.441,50 € hasta 52.207,51 € |
Leve | De 1.566,23 € hasta 15.662,25 € |
4. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados | De 31.324,51 € hasta 151.401,77 € |
5. Pérdida de feto a consecuencia del accidente | |
Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación | 15.662,25 € |
Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación | 31.324,51 € |
6. Perjuicio Excepcional | Hasta 25% |
Perjuicio patrimonial por lesiones permanentes
Lucro cesante derivado de lesiones permanentes
¿Qué es?
Pérdida de la capacidad de producir ganancias o disminución de ingresos, consecuencia del accidente.
Factores que deciden la cantidad recibida
- Si el lesionado tenía empleo en ese momento.
- Personas menores de 30 años que pueden acceder a un trabajo.
- Personas con dedicación exclusiva a las tareas del hogar.
Gastos de rehabilitación domiciliaria y ambulatoria
¿Qué es?
Gastos derivados del proceso de rehabilitación del lesionado.
Factores que deciden la cantidad recibida
- Estados de coma o vegetativos crónicos.
- Secuelas neurológicas en grados grave o muy grave.
- Lesiones medulares que alcancen o superen los 50 puntos.
Importe máximo
14.096,02 euros
Incremento de costes de movilidad
¿Qué es?
Compensar los gastos en lo que incurrirá el lesionado para poder desplazarse o adaptar su vehículo.
Factores que deciden la cantidad recibida
- Adaptación del vehículo o cuando no sea posible, la compra de uno adaptado que guarde proporción con la gama del vehículo sustituido.
- Costes de futuras adaptaciones o sustitución del vehículo (estableciendo un periodo de vida útil del vehículo de 10 años).
- Cálculo del sobrecoste de desplazamiento cuando el lesionado no pueda utilizar medios habituales de transporte público y no se haya adaptado o comprado vehículo
Importe máximo
62.649,01 euros
Gastos previsibles de asistencia sanitaria futura
¿Qué es?
Gastos derivados de la asistencia sanitaria y de los tratamientos extra hospitalarios que tendrán que asumir las aseguradoras.
Factores que deciden la cantidad recibida
- Estado de coma o estado vegetativo permanente.
- Secuelas neurológicas en grados muy grave o grave.
- Lesiones medulares a las que el baremo asigne al menos 50 puntos.
- Amputaciones o cualquier otra secuela que precise el uso de prótesis.
- Secuelas individuales iguales o superiores a 50 puntos y las interagravatorias que sumen al menos 80 puntos una vez aplicada la fórmula de Balthazar.
- Secuelas iguales o superiores a 30 puntos y que puedan requerir un tratamiento periódico, demostrado mediante un informe.
Gastos derivados de ayudas técnicas o productos de apoyo para la autonomía personal
¿Qué es?
Compensar gastos acreditados con informes médicos que no estén contemplados en los apartados anteriores.
Factores que deciden la cantidad recibida
- Si el lesionado sufre una pérdida de su autonomía personal muy grave o grave
- Cálculo correcto de la compra y sustitución de estos elementos para el resto de su vida. Ejemplo: una silla de ruedas.
Importe máximo
156.622,53 euros
Necesidad de ayuda de tercera persona
¿Qué es?
Compensar a las víctimas la necesidad de contratar un asistente para la realización de las actividades esenciales
Factores que deciden la cantidad recibida
- Una secuela funcional de 50 puntos o más o que la suma de las concurrentes tras la aplicación de la fórmula de Balthazar sume al menos 80 puntos.
- Si no se cumple el punto anterior pero el lesionado carece de autonomía personal. Se acreditará con un informe médico pericial.
Prótesis y órtesis
¿Qué es?
Gastos derivados por el uso prótesis u órtesis más allá del momento de estabilización de las secuelas.
Factores que deciden la cantidad recibida
1 Informe médico
Importe máximo
52.207,51 euros
Adecuación de vivienda
¿Qué es?
Compensar a los lesionados para la adecuación de sus viviendas. Se contempla también la diferencia en el precio derivada por el cambio de vivienda, en caso de no poder adecuar la vivienda habitual en el momento del accidente.
Factores que deciden la cantidad recibida
1 Tipo de lesión
Importe máximo
156.622,53 euros
Resumen Tabla 2B
DAÑO EMERGENTE | |
Gastos de asistencia sanitaria futura, prótesis y ortesis, y rehabilitación domiciliaria y ambulatoria | |
1. Gastos previsibles de asistencia sanitaria futura según secuela | Tabla 2.C.1 |
2. Prótesis y ortesis | Hasta 52.207,51 € por recambio |
3. Rehabilitación domiciliaria y ambulatoria | |
Estados vegetativos crónicos y tetraplejias igual o por encima de C-4 | Hasta 14.096,02 € por recambio |
Tetraplejias, Tetraparesias graves, secuelas graves del lenguaje y trastornos graves neuropsicologicos | Hasta 9.919,43 € por recambio |
Resto de supuestos del artículo 116.4 | Hasta 6.108,28 € por recambio |
Gastos por pérdida de autonomía personal | |
4. Ayudas técnicas | Hasta 156.622,53 € por recambio |
5. Adecuación de vivienda | Hasta 156.622,53 € por recambio |
6. Incremento de los costes de movilidad | Hasta 62.649,01 € por recambio |
7. Ayuda de tercera persona | |
Tabla de horas de ayuda a domicilio según secuela | Tabla 2.C.2 |
Tabla de indemnizaciones de ayuda de tercera persona | Tabla 2.C.3 |
TABLAS DE LUCRO CESANTE | |
POR INCAPACIDAD PARA REALIZAR CUALQUIER TRABAJO O ACTIVIDAD PROFESIONAL del art. 129.a) (ABSOLUTA) | Tabla 2.C.4 |
POR INCAPACIDAD PARA REALIZAR SU TRABAJO O ACTIVIDAD PROFESIONAL del art. 129.b) (TOTAL) | Tabla 2.C.5 |
POR INCAPACIDAD QUE DE ORIGEN A UNA DISMINUCIÓN PARCIAL DE INGRESOS EN EL EJERCICIO DE SU TRABAJO O ACTIVIDAD HABITUAL del art. 129.c) (PARCIAL) | Tabla 2.C.6 |
POR INCAPACIDAD ABSOLUTA DE LESIONADO PENDIENTE DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL del art. 130.c) | Tabla 2.C.7 |
POR INCAPACIDAD TOTAL DE LESIONADO PENDIENTE DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL del art. 130.d) | Tabla 2.C.8 |